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Comunicación

La Comisión Permanente del Consejo General de la Abogacía Española, en su reunión de 20 de julio de 2.000 adoptó, entre otros, los siguientes acuerdos:

"Procedimiento de la comunicación".

En ejecución del acuerdo del Pleno del Consejo General de la Abogacía Española de 30 de junio de 2.000, que estableció la obligatoriedad de la comunicación al Colegio de acogida por parte de todos los abogados que se propongan realizar actuaciones en un ámbito territorial diferente del de su Colegio de origen y encargó a la Comisión Permanente la regulación del procedimiento para llevar a cabo la misma, teniendo también en cuenta lo dispuesto en el artículo 10.7 del Código Deontológico aprobado por el mismo Pleno de 30 de junio de 2.000, la Comisión Permanente en su sesión de 20 de julio de 2.000, adoptó los siguientes acuerdos:

1.- La comunicación se realizará a través del Colegio de origen, mediante el modelo normalizado que se adjunta y que se aprueba con carácter general para todos los Colegios.

El Colegio de origen llevará a cabo de inmediato la comprobación de que el colegiado se encuentra en ejercicio y, a través del Consejo General de la Abogacía, que lo hará constar por medio de la oportuna diligencia, que no está sancionado disciplinariamente o incapacitado para el ejercicio profesional en el territorio español. El Colegio de origen trasladará sin dilación al Colegio de acogida la comunicación y la diligencia del Consejo General de la Abogacía.

2.- El Consejo General de la Abogacía evacuará las consultas de inmediato, no suspendiéndose la actuación del Abogado por la eventual demora en la respuesta, sin perjuicio de las responsabilidades de dicho Abogado. En este supuesto, el Colegio de origen remitirá la comunicación al de acogida y, en cuanto la reciba, hará lo mismo con la información diligenciada del Consejo eneral de la Abogacía.
3.- Si el Abogado se dirigiera directamente al Consejo de acogida, éste recabará de inmediato al Colegio de origen y al Consejo General de la Abogacía la información a que se refiere el apartado 1 y actuará en consecuencia, según el contenido de las informaciones que reciba.

4.- Si el abogado se dirigiera directamente al Consejo General de la Abogacía, éste tramitará la comunicación y la remitirá, con su diligencia, tanto al Colegio de origen como al de acogida a los efectos procedentes.

5.- Si el abogado se dirigiera directamente al Consejo Autonómico correspondiente, éste remitirá la comunicación al Colegio de origen para que actúe de conformidad con el apartado 1.

6.- Sin perjuicio de las responsabilidades del Abogado, la comunicación surtirá efectos desde su presentación y registro en el Colegio de origen, en el de destino, en el Consejo General de la Abogacía o en el Consejo Autonómico correspondiente, debiendo darse copia sellada de la misma al Abogado comunicante.

7.- Las anteriores medidas tienen por finalidad acreditar la condición de Abogado y la ausencia en el Estado español de limitación alguna para el ejercicio profesional de todo colegiado que actúe fuera del ámbito territorial del Colegio de origen, garantizar el adecuado control deontológico, proteger el derecho de defensa y evitar el intrusismo.

Estos acuerdos entrarán en vigor de forma inmediata y a dicho efecto se notificarán a todos los Colegios de Abogados y Consejos Autonómicos."

COMUNICACIÓN DE INTERVENCIÓN PROFESIONAL
El Abogado que suscribe Don............................................................ ejerciente y residente en el Colegio de Abogados de .................................incorporado con el nº........ SOLICITA QUE SE COMUNIQUE al Iltre. Colegio de Abogado de ............................ su intención de intervenir como Abogado territorio de dicho Colegio en el siguiente asunto:

CLIENTE DEL COMUNICANTE
.......................................................................................................

CLASE DE ASUNTO
.......................................................................................................

ORGANO JUDICIAL ( en su caso )
.......................................................................................................

Nº DE PROCEDIMIENTO
.......................................................................................................

CUANTÍA
.......................................................................................................

PARTES DEL PROCEDIMIENTO (en su caso)
.......................................................................................................


El Abogado comunicante declara por su honor la exactitud de los precedentes datos estar al corriente en el cumplimiento de las cargas colegiales, no tener limitados sus derechos colegiales en ningún Colegio de Abogados.
En.....................................a.............de..........de 2000.
(firma del comunicante)
Diligencia: a la vista de los datos obrantes en el fichero de colegiados ejercientes, residentes en este Iltre. Colegio de Abogados por la presente se certifica que el letrado firmante de la presente comunicación, registrada con nmero................. figura dado de alta en dicho fichero y en pleno ejercicio de sus derechos colegiales y profesionales.
En...................................a.......de ...............................de 2000.

HABILITACIÓN (COMUNICACIÓN )
PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
EN EL TRIBUNAL SUPREMO Y LA AUDIENCIA NACIONAL.
Documentos necesarios.
1.- Instancia dirigida al Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas solicitando la habilitación. Ha de incluir datos del asunto de que se trate y Tribunal que corresponda.
2.- Certificación del Colegio de origen acreditativo de su condición de ejerciente.
3.- Certificación de la Sala donde el Letrado actuÛ en primera instancia.
Fecha de Entrega. Transcurridos tres dÌas desde la recepción de la solicitud, previo abono de 360 pesetas en el Departamento de TesorerÌa.
COMUNICACIÓN PARA ACTUAR EN ASUNTOS PROPIOS
De acuerdo con el artÌculo 20 y 21 del Estatuto del Consejo que establece
1.- Acreditar el cuarto grado de consanguineidad o segundo de afinidad.
2.- Escrito solicitando el Certificado de Habilitación.
3.- Certificación del Colegio del que proceda. (en el caso de no estar incorporado en ningn Colegio, presentar el tÌtulo de Licenciado en Derecho).

NOTA: Para cualquier aclaración llamar al Departamento de Atención del Colegiado; Srta. Asunción Lázaro Gutiérrez; Teléfonos 32 10 51 y 31 07 52.