La Comisión
Permanente del Consejo General de la Abogacía
Española, en su reunión de
20 de julio de 2.000 adoptó, entre
otros, los siguientes acuerdos:
"Procedimiento de
la comunicación".
En ejecución del
acuerdo del Pleno del Consejo General de
la Abogacía Española de 30
de junio de 2.000, que estableció
la obligatoriedad de la comunicación
al Colegio de acogida por parte de todos
los abogados que se propongan realizar actuaciones
en un ámbito territorial diferente
del de su Colegio de origen y encargó
a la Comisión Permanente la regulación
del procedimiento para llevar a cabo la
misma, teniendo también en cuenta
lo dispuesto en el artículo 10.7
del Código Deontológico aprobado
por el mismo Pleno de 30 de junio de 2.000,
la Comisión Permanente en su sesión
de 20 de julio de 2.000, adoptó los
siguientes acuerdos:
1.- La comunicación
se realizará a través del
Colegio de origen, mediante el modelo normalizado
que se adjunta y que se aprueba con carácter
general para todos los Colegios.
El Colegio de origen llevará
a cabo de inmediato la comprobación
de que el colegiado se encuentra en ejercicio
y, a través del Consejo General de
la Abogacía, que lo hará constar
por medio de la oportuna diligencia, que
no está sancionado disciplinariamente
o incapacitado para el ejercicio profesional
en el territorio español. El Colegio
de origen trasladará sin dilación
al Colegio de acogida la comunicación
y la diligencia del Consejo General de la
Abogacía.
2.- El Consejo General
de la Abogacía evacuará las
consultas de inmediato, no suspendiéndose
la actuación del Abogado por la eventual
demora en la respuesta, sin perjuicio de
las responsabilidades de dicho Abogado.
En este supuesto, el Colegio de origen remitirá
la comunicación al de acogida y,
en cuanto la reciba, hará lo mismo
con la información diligenciada del
Consejo eneral de la Abogacía.
3.- Si el Abogado se dirigiera directamente
al Consejo de acogida, éste recabará
de inmediato al Colegio de origen y al Consejo
General de la Abogacía la información
a que se refiere el apartado 1 y actuará
en consecuencia, según el contenido
de las informaciones que reciba.
4.- Si el abogado se dirigiera
directamente al Consejo General de la Abogacía,
éste tramitará la comunicación
y la remitirá, con su diligencia,
tanto al Colegio de origen como al de acogida
a los efectos procedentes.
5.- Si el abogado se dirigiera
directamente al Consejo Autonómico
correspondiente, éste remitirá
la comunicación al Colegio de origen
para que actúe de conformidad con
el apartado 1.
6.- Sin perjuicio de las
responsabilidades del Abogado, la comunicación
surtirá efectos desde su presentación
y registro en el Colegio de origen, en el
de destino, en el Consejo General de la
Abogacía o en el Consejo Autonómico
correspondiente, debiendo darse copia sellada
de la misma al Abogado comunicante.
7.- Las anteriores medidas
tienen por finalidad acreditar la condición
de Abogado y la ausencia en el Estado español
de limitación alguna para el ejercicio
profesional de todo colegiado que actúe
fuera del ámbito territorial del
Colegio de origen, garantizar el adecuado
control deontológico, proteger el
derecho de defensa y evitar el intrusismo.
Estos acuerdos entrarán
en vigor de forma inmediata y a dicho efecto
se notificarán a todos los Colegios
de Abogados y Consejos Autonómicos."
COMUNICACIÓN DE INTERVENCIÓN
PROFESIONAL
El Abogado que suscribe Don............................................................
ejerciente y residente en el Colegio de
Abogados de .................................incorporado
con el nº........ SOLICITA QUE SE COMUNIQUE
al Iltre. Colegio de Abogado de ............................
su intención de intervenir como Abogado
territorio de dicho Colegio en el siguiente
asunto:
CLIENTE DEL COMUNICANTE
.......................................................................................................
CLASE DE ASUNTO
.......................................................................................................
ORGANO JUDICIAL ( en su
caso )
.......................................................................................................
Nº DE PROCEDIMIENTO
.......................................................................................................
CUANTÍA
.......................................................................................................
PARTES DEL PROCEDIMIENTO
(en su caso)
.......................................................................................................
El Abogado comunicante declara por su honor
la exactitud de los precedentes datos estar
al corriente en el cumplimiento de las cargas
colegiales, no tener limitados sus derechos
colegiales en ningún Colegio de Abogados.
En.....................................a.............de..........de
2000.
(firma del comunicante)
Diligencia: a la vista de los datos obrantes
en el fichero de colegiados ejercientes,
residentes en este Iltre. Colegio de Abogados
por la presente se certifica que el letrado
firmante de la presente comunicación,
registrada con nmero................. figura
dado de alta en dicho fichero y en pleno
ejercicio de sus derechos colegiales y profesionales.
En...................................a.......de
...............................de 2000.
HABILITACIÓN (COMUNICACIÓN
)
PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN
EN EL TRIBUNAL SUPREMO Y LA AUDIENCIA NACIONAL.
Documentos necesarios.
1.- Instancia dirigida al Decano del Ilustre
Colegio de Abogados de Las Palmas solicitando
la habilitación. Ha de incluir datos
del asunto de que se trate y Tribunal que
corresponda.
2.- Certificación del Colegio de
origen acreditativo de su condición
de ejerciente.
3.- Certificación de la Sala donde
el Letrado actuÛ en primera instancia.
Fecha de Entrega. Transcurridos tres dÌas
desde la recepción de la solicitud,
previo abono de 360 pesetas en el Departamento
de TesorerÌa.
COMUNICACIÓN PARA ACTUAR EN ASUNTOS
PROPIOS
De acuerdo con el artÌculo 20 y 21
del Estatuto del Consejo que establece
1.- Acreditar el cuarto grado de consanguineidad
o segundo de afinidad.
2.- Escrito solicitando el Certificado de
Habilitación.
3.- Certificación del Colegio del
que proceda. (en el caso de no estar incorporado
en ningn Colegio, presentar el tÌtulo
de Licenciado en Derecho).
NOTA: Para cualquier aclaración llamar
al Departamento de Atención del Colegiado;
Srta. Asunción Lázaro Gutiérrez;
Teléfonos 32 10 51 y 31 07 52.
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